Aparatología estética: Nueva Normativa Europea para importación y comercialización
A partir del 1 de mayo de este año se produce un nuevo escenario en el sector de la Estética profesional con la entrada en vigor de la nueva disposición europea para la importación y comercialización de aparatología estetica.
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¿A que afecta esta nueva normativa?
A partir de esa fecha, los equipos destinados al mercado de la estética profesional fabricados con posterioridad al 26 de mayo de 2020, solo podrán ser comercializados por Compañías que cuenten con la oportuna autorización para la puesta en el mercado de productos sanitarios, otorgada por la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios (AEMPS).
A su vez, estos equipos deben contar con el correspondiente Certificado CE.
¿A que no afecta esta nueva normativa?
No afecta a los equipos que ya están en el mercado y que, por lo tanto, tengan fecha de fabricación anterior al uno de mayo de 2020. Es decir, no afecta a los equipos que ya están en los Centros ni a los que están en los almacenes de las empresas comercializadoras fabricados con anterioridad al 26 de mayo de 2020.
Esta normativa no afecta a los equipos fabricados antes de 1 de mayo de 2020.
¿Cómo va a afectar al sector de la estética?
El sector de las empresas comercializadoras se va a depurar.
En un principio, las empresas que no disponen de una estructura profesional adecuada actuarán fuera de la legalidad, y con el tiempo desaparecerán.
Estamos ante un nuevo, y mejor, escenario:
- Mayor seguridad de las profesionales a la hora de confiar en una Compañía proveedora.
- Incremento en la profesionalización de las marcas de aparatología.
- Mejora de la credibilidad percibida por los consumidores.